Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: 3776-4-09

Expediente H.C.D.:1157-C-09

Nº de registro: O-13394

Fecha de sanción: 05-03-09

Fecha de promulgación: 20-03-09

Decreto de promulgación: 643



ORDENANZA Nº 19093



Artículo 1º.- Modifícase el inciso e) del artículo 7º de la Ordenanza nº 9294, el que quedará redactado de la siguiente manera:


"Artículo 7º.- Las condiciones de habilitación para los vehículos serán:

“a)…

“e) Pesar 1.000 Kg. al momento de realizar la inspección en la Dirección General de Transporte y Tránsito, este peso deberá ser acreditado por medio de un comprobante expedido por alguna de las básculas debidamente habilitadas por la Municipalidad, tener 1.100 cc. de cilindrada como mínimo y constar de baúl o espacio interno para el transporte de equipaje.

El Departamento Ejecutivo deberá considerar como condición indispensable en la evaluación, las dimensiones del espacio interior de la unidad.”


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-


Monti Artime

Ciano Pulti