Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.:2720-7-08

Expediente H.C.D.:2130-EF-06

Nº de registro: O-12717

Fecha de sanción:14-02-08

Fecha de promulgación: 28-02-08

Decreto de promulgación: 344



ORDENANZA Nº 18428



Artículo 1º .- Créase el “Observatorio de Accidentología Vial”. A los efectos de su interpretación se adoptarán las siguientes definiciones:


Artículo 2º .- OBJETO Y FUNCIONES:

El Observatorio de Accidentología Vial tendrá por objeto:


Asimismo, sus funciones serán las siguientes:


Artículo 3º .- El Observatorio creado por la presente, dependerá funcionalmente de la Dirección General de Transporte y Tránsito, debiendo coordinar su accionar con el Departamento de Ingeniería de Tránsito quien realizará el mapeo y la evaluación puntual de cada uno de los “lugares peligrosos”.


Artículo 4º .- Asimismo, elaborará una base de datos que contendrá información sobre accidentes y/o siniestros relacionados con el tránsito, los que serán suministrados por las Compañías Aseguradoras con sede en el Partido.


Artículo 5º .- Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar convenios de colaboración con las Compañías Aseguradoras con sede en el Partido, a los efectos de instrumentar el traslado de la información que éstas recaban, relacionadas con los accidentes y/o siniestros originados en la vía pública.


Artículo 6º .- Comuníquese, etc.-


Monti Artime

Guiñazu Pulti