Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.:13821-7-06

Expediente H.C.D.:280-V-06

Nº de registro: O-11904

Fecha de sanción:14-09-06

Fecha de promulgación: 26-09-06

Decreto de promulgación: 2115



ORDENANZA Nº 17633



Artículo 1º .- Incorpórase como inciso 2) al artículo 9º de la Ordenanza 4471 y sus modificatorias, el siguiente texto:


"Artículo 9º.-

1) Déjase establecido que en los casos en que se produzca el:

a) fallecimiento....

2) Autorízase a los titulares de las licencias del servicio de taxi a efectuar la cesión de uso temporal y gratuita de las mencionadas licencias, debiendo el permisionario comunicar previamente a la Dirección General de Transporte y Tránsito la decisión adoptada.

El titular de la licencia y el vehículo afectado, no deberán tener infracciones pendientes al momento de la cesión, debiendo dar cumplimiento de lo establecido en el artículo 14º de la Ordenanza Fiscal vigente.

Déjase establecido que una vez cumplimentada la cesión de uso, el titular de la licencia seguirá siendo legítimo y único responsable ante el Municipio por todas las obligaciones y responsabilidades contractuales y extracontractuales derivadas de la explotación de la licencia.

En caso que la cesión de uso temporal y gratuita se efectuara a una asociación (Sociedades Comerciales, Cooperativas, Mutuales, etc.), la misma deberá tener como único y exclusivo objeto social el transporte de personas bajo la modalidad de coche taxímetro.”

Artículo 2º .- El Departamento Ejecutivo remitirá las modificaciones a introducir en la Ordenanza Impositiva vigente que surjan por aplicación de la presente.


Artículo 3º .- Comuníquese, etc.-


Targhini Irigoin

Pagni Katz

B.M. 1940, p. 27 (20/10/2006)