Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Expediente D.E.:17773-0-03
Nº de registro: O-11321
Fecha de sanción:06-10-05
Fecha de promulgación:18-10-05
Decreto de promulgación:2102
ORDENANZA Nº 17042
Artículo 1º .- Autorízase a la Asociación de Vendedores Ambulantes de Mar del Plata - Personería Jurídica nº 15464 - a instalar puestos de venta móviles en la vereda de la Unidad Turística Fiscal Playa Bristol, en concordancia con las Ordenanzas nº 15848 y 15849.
Artículo 2º .- El permiso de uso que se otorga será de carácter precario y por el término de dos (2) años, pudiendo el Departamento Ejecutivo renovarlo por igual término, si se cumplimentan satisfactoriamente todos los requisitos impuestos para su funcionamiento tanto en la presente como en su reglamentación.
En cualquier caso, si razones de oportunidad y conveniencia así lo determinan, el permiso podrá ser revocado no generando esto derecho a reclamo alguno.
Artículo 3º .- Será condición para la efectivización de la presente, la previa aprobación por parte del Departamento Ejecutivo, de las características de los puestos que se autorizan, los que deberán conservar uniformidad y preservar la estética de todo el sector costero.
Artículo 4º .- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente consignando expresamente el número de puestos, el lugar exacto de su ubicación, horario de funcionamiento y la no utilización de energía eléctrica a través de instalaciones fijas en el puesto.
Artículo 5º .- El mantenimiento del orden y limpieza del sector se efectuará a costa de los permisionarios, quedando prohibida la venta, exhibición o expendio de bebidas y comestibles.
Artículo 6º .- Comuníquese, etc..-
B.M. 1894, p. 20 (14/12/2005)