Expediente D.E.: 15189-3-01

Expediente H.C.D.: 1452-C-2002

Nº de registro: O-8975

Fecha de sanción: 23-05-2002

Fecha de promulgación: 05-06-2002





ORDENANZA Nº 14708





Artículo 1º .- Prorrógase por el término de noventa (90) días corridos, contados a partir de la publicación de la presente, la vigencia de la Ordenanza nº 14335, mediante la cual se suspendió la habilitación para desarrollar la actividad de “Transporte Privado de Pasajeros”, establecida por Ordenanza nº 14016.


Artículo 2º .- Comuníquese, etc.-



Artime Pulti


Porrúa Katz