Expediente D.E.: 15189-3-01
Expediente H.C.D.: 1452-C-2002
Nº de registro: O-8975
Fecha de sanción: 23-05-2002
Fecha de promulgación: 05-06-2002
ORDENANZA Nº 14708
Artículo 1º .- Prorrógase por el término de noventa (90) días corridos, contados a partir de la publicación de la presente, la vigencia de la Ordenanza nº 14335, mediante la cual se suspendió la habilitación para desarrollar la actividad de “Transporte Privado de Pasajeros”, establecida por Ordenanza nº 14016.
Artículo 2º .- Comuníquese, etc.-
Artime Pulti
Porrúa Katz