Expediente D.E.:19946-1-00
Expediente H.C.D.:611-B-2000
Nº de registro: O-7977
Fecha de sanción:23-11-2000
Fecha de promulgación:11-12-2000
ORDENANZA Nº 13716
Artículo 1º .- Modifícase el artículo 4.4.10 de la Ordenanza nº 6997 “Reglamento General de Construcciones”, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4.4.10. Uso de Explosivos y/o Cementos Expansibles.
En caso de ser necesario utilizar explosivos en una excavación, se procederá como sigue:
El responsable solicitará una autorización especial para los trabajos de referencia.
Queda prohibido el uso de explosivos en horas nocturnas.
Se colocarán letreros muy visibles para advertir de eventuales peligros a los transeuntes.
El responsable se hará cargo de las consecuencias de todo accidente, deterioro o perjuicios a terceros y/o a edificios linderos.
En caso de emplear cementos expansibles para roturas o demoliciones de piedras u hormigones, no serán exigibles los procedimientos de los incisos a y b del presente artículo.”
Artículo 2º .- Comuníquese, etc..-
Dughetti Pagni
Castorina Aprile
B.M. 1625, p. 2 (03/01/2001)