Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: 23722-8-99 Cpo 01

Expediente H.C.D.: 1533/99

Nº de registro: O-7184

Fecha de sanción: 18-11-1999

Fecha de promulgación: 9-12-1999



ORDENANZA Nº 13021


Abrogada por Ordenanza 17634


Artículo 1º .- Modifícanse los artículos 1º, 4º y 11º y el Anexo I de la Ordenanza 11999 y su modificatoria, los que quedarán redactados de la siguiente forma:


Artículo 1º .- Establécese para la Ciudad de Batán, las localidades de Colonia Chapadmalal, de Estación Camet y de Sierra y Laguna de los Padres el servicio de Auto-Rural, prestado por vehículos previamente habilitados por la Municipalidad de General Pueyrredon, de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente.

El precio del servicio será convenido por las partes, ya sea por viaje o por tiempo.

Será autoridad de aplicación, a los efectos de la presente, la Subsecretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de General Pueyrredon.”


Artículo 4º .- Establécese la siguiente cantidad de licencias a otorgar:

Incorpórase como listado tentativo para la localidad de Batán, la nómina de aspirantes que se adjunta como Anexo I.”


Artículo 11º .- Los poseedores de licencias podrán constituirse en Agencias de Auto-Rural, dándose como organización comercial la figura de Cooperativa de Trabajo de Transporte y/o cualquiera de las sociedades reconocidas por la legislación vigente.

Estas sociedades, sólo podrán estar constituidas por titulares de licencias Auto-Rural habilitadas exclusivamente. No podrán trabajar en relación de dependencia ni a destajo, con unidades cuyos titulares no sean integrantes de dicha sociedad.

Los locales destinados a dicha actividad deberán contar con la correspondiente habilitación municipal debiéndose a tal fin cumplimentar las disposiciones vigentes y reunir las siguientes condiciones:

  1. Acceso directo a la calle.

  2. Para ser habilitadas deberán contar con un servicio mínimo de cinco (5) unidades para la Ciudad de Batán, y de tres unidades para Colonia Chapadmalal, Estación Camet y Sierra y Laguna de Los Padres.

  3. Cada agencia podrá contar con una parada para el acceso de los pasajeros que no podrá estar a más de doscientos (200) metros del domicilio legal de la agencia de Auto-Rural.

  4. Se autoriza el estacionamiento frente a la agencia de hasta dos (2) vehículos pertenecientes a la misma.

  5. Se utilizará el sistema de paradas, ante la inexistencia de teléfonos.

  6. Si se posee radio enlace instalado (radio-llamada), deberá contar con la autorización de la Comisión Nacional de Comunicaciones (C.N.C.).”


Artículo 2º Derógase la Ordenanza nº 12035.


Artículo 3º .- Comuníquese, etc.


Pezzi Pagni

Porrua Aprile

B. M. 1580, p. 20 (10/01/2000)

ANEXO I

LISTADO DE ASPIRANTES POR ORDEN ALFABETICO


APELLIDO Y NOMBRE

NUMERO DE DOCUMENTO

Aguayo, Claudio A.

23.681.046

Arce, Ramón Antonio

5.906.456

Avila, César Abraham

93.435.349

Avila, Carlos Clariso

93.444.469

Avila, David Humberto

14.929.389

Avila, Marcos Antonio

12.234.796

Bertinat, Sergio Guillermo

22.943.484

Bustamante, Juan Carlos

21.593.635

Bustos, Mario Francisco

12.895.270

Cabot, José

16.841.297

Capellaro, Carlos

14.929.524

Carez, Néstor Rubén

14.318.715

Cares, Rita Viviana

23.681.127

Castillo, Silvia Rosana

23.223.492

Chazarreta, Héctor J.

5.321.318

Córdoba, Antonio

8.707.629

Córdoba, Héctor

22.268.121

Coronel, Francisco N.

5.332.859

Correa, Sergio

16.066.668

Diez, Jorge Daniel

24.914.706

Duran, Claudia

17.871.286

Ene, Mirta Raquel

12.234.679

Flores Mellia, Manuel Jesús

93.172.039

García. María E.

22.723.371

Garnica, Félix

24.117.792

González, Javier

24.373.429

González, Nélida

17.871.443

González, Walter

24.468.025

Ibarra, Raúl A.

16.752.057

Jara, Onoldo

23.706.076

Jara, Rubén Darío

17.746.661

La Bella, Héctor

4.795.754

Lenzina, Jorge


Maldonado, Carlos A.

5.314.600

Mañas, Juan

17.153.688

Marino, Carlos

21.904.462

Martiarena, Gabriel A.

21.488.836

Montiel, Carlos

10.689.469

Moya Balduvino, R.

92.470.424

Nepomuceno, Rubén

5.328.947

Ordosgoyty, Hugo

7.818.536

Ordosgoyty, Hugo (h)

25.396.117

Pajón, Segundo

21.340.090

Palauro, Nélida

10.646.908

Pedrosa, Alejandro A.

21.653.828

Pérez, Ricardo


Quiroga, Néstor

8.293.561

Reyna, Oscar

13.547.539

Rodríguez, Horacio E.

8.293.802

Saenz, Oscar Alberto

5.333.676

Saez, Griselda L.

12.443.487

Sánchez, Angel

5.319.891

Sandoval, Cristian

22.988.420

Sanmantano, Pedro

2.877.407

Scoles, Cristian


Sepúlveda, Juan

13.318.883

Sotelo, Jorge A.

12.234.648

Spina, Claudio

13.920.882

Troncoso, Carlos

24.914.010

Uhalt, Carlos Hugo

11.134.413

Zara, Héctor Juan

5.334.538


ORDENANZA Nº 13021 3