Expediente D.E.: 10626/7/95

Expediente H.C.D.: 1400/95

Fecha de sanción: 22/06/1995

Fecha de promulgación: 21/07/1995



ORDENANZA Nº 10009


Abrogada por Ordenanza 15992


Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 9135, el que quedará redactado de la siguiente manera:


"Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar permisos a empresas comerciales o entidades que "así lo soliciten, para la construcción de rampas con pasamanos en veredas de calles y avenidas del Partido de Gral. "Pueyrredon, destinadas a facilitar el desplazamiento de discapacitados.

"En todos los casos el declive irá de seis (6) a cero (0) y el espacio estará correctamente señalizado para impedir el "estacionamiento indebido".



Artículo 2º.- Comuníquese, etc..


LEITAO RUSSAK

B.M. 1459, p.3 (18/08/1995)