Mar del Plata, 08/05/2013
Visto el art. 19° de la Ley 12.154, denominada Ley Provincial de Seguridad Pública, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de regularizar la creación y puesta en funcionamiento del Registro de Entidades Comunitarias y Sectoriales del Foro Municipal de Seguridad en el Partido de General Pueyrredon, en un todo de acuerdo a lo que prescribe la Ley de Seguridad Pública Provincial Nº 12.154, su Decreto Reglamentario 96/99 y la Ordenanza 12.239.
Que corresponde a este Departamento Ejecutivo, entre otras obligaciones y atribuciones, la confección -previa inscripción- del mencionado Registro con ámbito de actuación en toda la jurisdicción del Municipio.
Que, asimismo, se deben establecer los requisitos que deberán cumplimentar las entidades participantes del foro municipal de seguridad y de los foros de actuación territorial de cada Comisaría (Foros Vecinales), en un todo de acuerdo con lo prescripto por los arts. 15º y 20º de la ley 12154.
Que la cantidad de organizaciones de la sociedad civil (comunitarias y sectoriales) se encuentra estrechamente vinculada al desarrollo poblacional alcanzado. Citaremos al solo efecto de ejemplificar la situación que la Dirección de ONGs de este municipio tiene conocimiento de la existencia de unas dos mil, entre las que están registradas como Entidades de Bien Público, con actividad regularizada; otras en proceso de lograrlo, y un sector más que por constitución reciente todavía no se encuentran incorporadas al Registro.
Que la situación descripta en el párrafo precedente obligará a este Departamento Ejecutivo a tener en cuenta enfáticamente y prestar especial consideración a los dos últimos párrafos del art. 20 de la Ley 12.154, en lo concerniente a la viabilidad funcional y deliberativa del Foro, agudizando los modos participativos de su organización y funcionamiento.
Que a los fines de una mejor, eficiente y efectiva operatividad en la confección, atención y seguimiento del registro a crear, se considera oportuno que el mismo funcione en la orbita de la Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria y que cuente con la colaboración operativa de la Dirección General de Asuntos de la Comunidad.
Por ello, el Intendente Municipal
D E C R E T A
Articulo 1º: Créase el Registro de Entidades Comunitarias y Sectoriales con actuación en el Partido de General Pueyrredon, que integrarán el Foro Municipal de Seguridad, en función de lo dispuesto por el art. 20° de la Ley nº 12.154 –Ley Provincial de Seguridad Pública-.
Articulo 2º: El Registro creado en el artículo precedente funcionará dentro de la órbita de la Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria y contara con la colaboración operativa de la Dirección General de Asuntos de la Comunidad.
Artículo 3º: Déjase expresamente establecido que las Entidades Comunitarias y Sectoriales que aspiren a integrar el registro deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Contar con Personería Jurídica otorgada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
Presentar constancia de inscripción en el Registro Municipal de la Dirección General de Asuntos de la Comunidad, en el caso de las Asociaciones Vecinales de Fomento o en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público de la Dirección de Cooperación Internacional y Relaciones con las ONG’s, debidamente actualizada y vigente.
Artículo 4º: Autorízase a las Direcciones Generales de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria y de Asuntos de la Comunidad a confeccionar el reglamento de funcionamiento del Registro creado en el artículo 1°.
Artículo 5º: Dejáse expresamente establecido que las organizaciones y entidades comunitarias no gubernamentales interesadas en participar de los Foros Vecinales de Seguridad, deberán cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 3° del presente y en función con lo dispuesto por el art. 15 de la Ley 12.154.
Articulo 6º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
Articulo 7º: Regístrese, dése al Boletín Municipal y para los demás efectos intervengan las Direcciones Generales de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria y de Asuntos de la Comunidad.
REGISTRADO BAJO Nº 886