Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Ejecutivo


Mar del Plata;11/01/2008




Visto el presente expediente Nº 20.024-7-2007, cuerpo 1; y



CONSIDERANDO:



Que el mismo tiene por objeto autorizar a Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. la explotación de las Cocheras de la “Plaza del Agua Cardenal Pironio”, en forma directa, a título oneroso.-


Que la recaudación que se obtenga de dicha explotación, la que se plantea desde el 11 de enero de 2008 hasta el 31 de marzo de 2008, será destinada a Promoción Social de Obras Sanitarias S.E.


Que el proyecto encuentra su fundamento en virtud de los reiterados pedidos para la utilización de la mencionada instalación, efectuados por los vecinos y comerciantes de la calle Güemes, como así también cumpliendo con un fin social de acuerdo a las pautas fijadas por el Directorio de OSSE de ocupar el espacio ya indicado.-


Que para el cumplimiento de dichos objetivos, se envió oportunamente el proyecto de ordenanza al Honorable Concejo Deliberante.-


Que la Comisión de Labor Deliberativa, mediante Acta de Reunión suscripta el 11 de diciembre de 2008 que cuenta con la firma de los Presidentes de Bloques que integran en Honorable Concejo Deliberante, manifiesta haber acordado la aprobación de un decreto ad-referendum donde se ratifique la actuación administrativa llevada a cabo en el expediente de marras, facultando a la apertura del estacionamiento de la “Plaza del Agua Cardenal Pironio”en forma directa a O.S.S.E.-


Que para arribar a dicha decisión, los señores Concejales han tenido a la vista además del presente expediente, las actuaciones obrantes en el expte. 3841-0-00 cuerpo 1, donde se encuentra glosado el Certificado de Habilitación del Estacionamiento de la “Plaza del Agua Cardenal Pironio”, emitido por la Subsecretaría de Inspección General.-


Por ello,


el INTENDENTE MUNICIPAL


D E C R E T A


ARTÍCULO 1º.- Autorízase “ad referéndum” de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante a Obras Sanitarias Mar del Plata – Sociedad de Estado a la explotación en forma directa desde el 11 de enero de 2008 al 31 de marzo de 2008, de las cocheras de la Plaza del Agua, quien deberá reglamentar su funcionamiento.


ARTÍCULO 2º.- Incorpórese como artículo 88 bis del título VIII de la Ordenanza 11847 y sus modificaciones, el siguiente artículo:


“…Créanse las siguientes tarifas por hora con una tolerancia de 10 minutos por el uso de las Cocheras de la Plaza del Agua en forma directa: coches: Pesos Cuatro ($4.00), Pick Up: Pesos Seis ($6.00), vehículos de gran porte: Pesos Ocho ($8,00)”


ARTÍCULO 3º.- Autorízase a Obras Sanitarias Mar del Plata – Sociedad de Estado a contratar hasta cuatro (4) agentes que serán afectados para la explotación directa establecida en el presente Decreto, siendo el Sindicato de Obras Sanitarias (SITOS) quien propondrá el personal a ser contratado.

ARTÍCULO 4º.- El resultado del producto será destinado a las partidas cuyo fin corresponda al programa de Promoción Social 24.01.01 correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.09.000 Relaciones Institucionales del presupuesto de Obras Sanitarias Mar del Plata – Sociedad de Estado.-


ARTÍCULO 5º.- El costo que demande la presente será solventado con las sumas percibidas por aplicación del Artículo 2° del presente.-


ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-


ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y para su notificación, convalidación y demás efectos intervenga Obras Sanitarias Mar del Plata, S.E.

REGISTRADO BAJO Nº 43