Expediente D.E.: 5845/8/1986

Fecha: 21/12/1999


DECRETO 3030



Artículo 1º. – Modifícase el Artículo 4º del Decreto 2607/99 el cual queda redactado de la siguiente forma:


Artículo 4º. – Pónese en vigencia la Solicitud de Inscripción en el Registro de Constructores, “Empresas Constructoras, Contratistas y Subcontratistas de obras particulares que como Anexo Nº 1 “forma parte del presente. Dicha solicitud tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser “presentada por duplicado y firmada por el interesado. En ella deberán constar los siguientes datos:


  1. Apellido y nombre, o razón social del solicitante.

  2. Domicilio legal en el partido de General Pueyrredon.

  3. Número de documento de identidad.

  4. Contrato Social.

  5. Oficio o especialidad del solicitante.

  6. Título habilitante (si así correspondiera).

  7. Identidad del Representante Técnico, si el solicitante fuera empresa constructora y la especialidad lo requiriera.

  8. Nro. De inscripción en el IERIC, (con fotocopia de comprobante actualizado, si correspondiera. No se exigirá este requisito a los profesionales con título habilitante que ejerzan en carácter de constructor sin poseer personal a cargo y que por esa razón no estén en condiciones de inscribirse en el IERIC.


La dirección de Obras Privadas registrará las solicitudes de inscripción en el orden de su “recepción y devolverá al recurrente, como constancia, el duplicado sellado y numerado de la “solicitud.


Artículo 2º. – Refrendará el presente Decreto el señor Secretario de Obras, Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental.


Artículo 3º. – De forma.


Rateriy Aprile

B.M. Nº 1587, p. 10 (21/12/1999)