9514 7 2008
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Mar del Plata, 01/11/2012
VISTO el Expediente nº 9514 – 7 – 2008 – Cpo. 01 – Alcance 2, por el que se tramitara la reglamentación del Código de Publicidad (Ordenanza 20276), a través del Decreto nº 290 del 27 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la aplicación directa de la normativa, ha generado algunos reclamos por parte de los comerciantes afectados que hicieron necesario la realización de nuevos estudios para determinar la validez y congruencia de los mismos.-
Que producto de dichos estudios se ha determinado que el cartel máximo para parcelas tipo de 10 metros de frente es de 2,80 metros cuadrados de superficie y que resulta excesivamente complejo y costoso la aplicación completa de la normativa del Decreto 290/12 Articulo 6º incisos a) y b) bajo estudio, para cartelería de igual o inferior superficie.-
Que se hace imprescindible adecuar las normativas vigentes para que su aplicación simplifique y facilite las tramitaciones exigibles, tanto en su complejidad como en sus costos.-
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias ;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Modifícase el Decreto Nº 290/12, reglamentario de la Ordenanza Nº 20276, en su ANEXO I ARTICULO 6º incisos a) y b) los que quedarán redactados según el siguiente texto:
Si las dimensiones de los elementos o anuncios publicitarios son menores o iguales a 2,80 metros cuadrados: Presentar croquis del elemento o anuncio publicitario por duplicado, el cual deberá contener, fachada del local o del inmueble, ubicación del elemento o anuncio publicitario, medidas del mismo (altura, ancho, espesor y superficie total) características, distancias a medianeras, anclaje, ancho de la vereda y ubicación del inmueble con su correspondiente registro catastral.
Si las dimensiones son mayores a los 2,80 metros cuadrados deberá presentar:
Contrato con Profesional con incumbencia visado por el Colegio correspondiente.
Tres (3) copias de Planos Visados por el Colegio Profesional donde se indiquen plantas, vistas y cortes del elemento publicitario que contenga el anuncio publicitario, con su ubicación respecto a la parcela y distancia de la forestación de la vía pública y redes de distribución de servicios públicos. La carátula se ajustará a lo determinado en el Art. 2.3.6. del R.G.C.
Tres (3) copias del cálculo estructural completo o verificación para obras existentes, firmado por profesional competente.
Memoria técnica descriptiva o en el caso de ser una estructura existente, informe técnico que contenga descripción del estado de conservación y exposición fotográfica en la cual se identifique claramente la estructura.
Una copia digital del plano en formato PDF
Imagen digital del proyecto impresa y en formato JPG
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y para las notificaciones y demás efectos que correspondan intervenga la Subsecretaría de Control.-
Artime Pulti
REGISTRADO BAJO Nº 2417