Expediente: 19025/96
Fecha: 15/11/1996
Artículo 1º.- En los casos en que la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon resulta frentista de obras de infraestructura urbana, en especial extensión de red de agua, cloacas y gas, realizados por contratistas de obras públicas bajo la supervisión del IMDUR, Obras Sanitarias Mar del Plata Saciedad de Estado o la Administración Central, una vez que el organismo competente apruebe la liquidación definitiva de la obra, formará un Expte. Municipal en el que conste: número de Expte. de obra y denominación de la misma; nombre y domicilio del contratista acompañada de CUIT, condición frente al I.V.A. y Nº de impuesto sobre los Ingresos Brutos, constancia de recepción provisoria de obra, datos catastrales y de ubicación y prorrateo de los inmuebles de propiedad del municipio, con indicación del trámite para que en la oficina donde se encuentra el Expediente pueda incorporar la factura correspondiente y la constancia de publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 2º.- La omisión de la realización del trámite indicado en el artículo precedente por parte del organismo que contrató y supervisó la obra, lo hará responsable del pago de los intereses que pretenda y correspondan al contratista.
B.M. 1493, p.23 (30/12/1996)