DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Expediente D.E.: 6009/0/2003 Foja 1180 Alc. 01 Cpo 00
Fecha: 05/05/2004
DECRETO Nº 1039/04
Artículo 1º.- Encomiéndase
al Departamento Atención al Discapacitado dependiente de la
Dirección de Discapacidad y Adultos Mayores la implementación del
Registro Único de Discapacitados.
Artículo 2º.- Apruébase
el carné, cuyo modelo como Anexo I, forma parte del presente.
Artículo 3º.- Establécese
como documentación obligatoria a presentar por parte de los
interesados a inscribirse en el Registro Único de Discapacitados, la
siguiente:
Documento Nacional de Identidad;
Certificado Oficial de Discapacidad
Artículo 4º.- El
presente decreto será refrendado por la Secretaria de Desarrollo
Social.
Artículo 5º.- Regístrese,
dese al Boletín Municipal, publíquese, comuníquese e intervenga, a
través de la Dirección de Discapacidad, Adultos Mayores, para todos
sus efectos el Departamento Atención al Discapacitado.
Baragiola Katz
B.M.
1827, p. 1 (21/07/2004)
ANEXO I