11487 9 2022
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VISTO que el Señor SÁNCHEZ, ALEJANDRO JESÚS, DNI 8.089.349 y la Señora SÁNCHEZ, VIVIANA ALEJANDRA, DNI 27.452.240 solicitan la escrituración de su propiedad, mediante el beneficio de lo estipulado por la Ley Provincial 10.830, Art. 4º Inc. d), debido a que su situación económica no les permite resolverla en forma particular, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada normativa, la Escribanía General de Gobierno efectúa regularizaciones dominiales en aquellos casos que se las declare de “Interés Social”.
Que por Resolución 1059/21 se autoriza a la Dirección Social de Vivienda, por el término de 24 (VEINTICUATRO) meses a prestar colaboración con el Departamento Banco de Tierras, en la recepción, tratamiento, seguimiento y culminación de la gestión destinada a llevar a cabo el programa provincial establecido por la Ley N° 10.830, inherente a las regularizaciones dominiales de interés social.
Que
por Ordenanza 24352 se condona las deudas por Tasa de Alumbrado,
Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa por Servicios
Urbanos, Fondo Solidario Mar del Plata 2000, Fondo de Desagüe,
Contribución para la Salud Pública y el Desarrollo Infantil y
Tarifa de Servicios Sanitarios registradas hasta la fecha de
escrituración y las que en el futuro recaigan sobre todos aquellos
comprendidos en el plan de regularización dominial de interés
social, cuando las escrituras traslativas de dominio fueren
autorizadas por ante la Escribanía General de Gobierno, según ley
10.830 y sus modificatorias, en uso de la autorización conferida por
el
artículo 3° de la Ley Provincial 10.928, y se convalidan
las que se
hubieran otorgado con anterioridad a la misma.
Que producida la declaración de Interés Social, será la Escribanía General de Gobierno quien dictaminará en ultima instancia sobre la documentación aportada, tal lo expresado oportunamente por el Señor Escribano Adscripto Superior de la Escribanía General de Gobierno.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º - Declárase de Interés Social la escrituración de la parcela identificada catastralmente: Circunscripción IV - Sección GG – Quinta 21 - Manzana 21B – Parcela 1, ubicada en la Calle 32 N° 408, barrio “San Jacinto” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor del Señor SÁNCHEZ, ALEJANDRO JESÚS, DNI 8.089.349 y la Señora SÁNCHEZ, VIVIANA ALEJANDRA, DNI 27.452.240 (Expte. Dpto. Ejecutivo 11487-9-22, Cpo. 01).
ARTÍCULO 2º - Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los Artículos 2º y 4º, inc. d) de la Ley Provincial Nº 10.830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la Ley exige.
ARTÍCULO 3º - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, dése al Boletín Municipal, notifíquese a los beneficiarios del artículo 1º de la condonación de las deudas por Tasas, Fondos y demás gravámenes establecidos en la Ordenanza Nº 24.352, notifíquese a la Secretaría de Economía y Hacienda e intervenga la Dirección Social de Vivienda.
GONZALEZ MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 2888