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“Informativas
o Consultivas”
Audiencia Pública: instancia
de participación ciudadana en el proceso
de toma de una decisión.
Las Audiencias Públicas constituyen
un mecanismo de participación que permite avanzar
en políticas que promueven una mayor vinculación
y proximidad entre el cuerpo de concejales y los vecinos.
El Concejo Deliberante cuenta con
la posibilidad de generar esta instancia como una herramienta
más para promover procesos de desarrollo respecto
a los diferentes temas que hacen a la ciudad y su comunidad.
¿Para qué sirven?
Sirve al vecino que se ve afectado
o con interés en el tema de la audiencia, para
hacer conocer su opinión y propuestas.
Es fundamental contar con la participación
y opinión de múltiples voces con diferentes
miradas ya que estás brindarán su aporte
al trabajo que deben realizar tanto los concejales como
funcionarios del Departamento.
Ejecutivo, a fin de lograr soluciones reales y necesarias.
Con la opinión vecinal de por medio, la toma
de decisiones respecto a los temas de interés
público tratados por el H. Cuerpo, conllevan
a la sanción de una norma útil y consensuada.
¿Cómo se convocan?
La realización de la Audiencias
Públicas será difundida en todo el Partido
de General Pueyrredon. Los temas a tratar en la misma,
el día hora y lugar de realización de
la misma serán publicados en el Boletín
Oficial, y se anunciará en todos los medios de
difusión masiva (radio, televisión y prensa
escrita) como así también por anuncios
en carteleras oficiales y públicas y en distintos
espacios de comunicación social.
¿Quiénes convocan?
El funcionario responsable de la toma
de decisión objeto de la Audiencia Pública.
Estas pueden ser propuestas por el
Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo en forma
conjunta o indistinta, también por una comisión
o por un concejal en particular.
Las autoridades del Departamento Deliberativo
o Ejecutivo serán las encargadas de convocar
a estas Audiencias Públicas.
¿Cuándo se convocan?
En general es importante ofrecer suficiente
tiempo de antelación para que las personas interesadas
se preparen y obtenga información previa.
En general, las convocatorias se realizan con un período
no menor a 15 días de anticipación y el
acto administrativo contemplará:
· Autoridad convocante.
· Lugar, fecha y hora de inicio
· Enumeración del temario
· Documentación y antecedentes referidos
a la materia objeto de la
Audiencia y lugar de consulta
· Plazo de inscripción de los participantes
¿Dónde se celebran?
Las Audiencias Públicas pueden
celebrarse en la sala de sesiones del Concejo Deliberante,
en los sitios donde resida la gente afectada por un
proyecto o problemática a tratar, o en el lugar
que establezca la autoridad convocante.
¿Cómo se celebran?
Las autoridades convocantes abren la
audiencia y establecen un moderador para la misma. Éste
ordenará la participación de los presentes;
otorgando la palabra a los participantes que se hayan
inscripto previamente, asimismo podrán intervenir
a requerimiento de las autoridades, funcionarios, especialistas
e investigadores en la materia a tratar.
Estas audiencias son grabadas.
En las audiencias además de
las opiniones orales, pueden ser recibidos los comentarios
escritos de los participantes.
Algunos ejemplos de Audiencias realizadas
· Act. Com. Clandestinas
· Audiencia Presupuesto
· Defensa del Patrimonio de los Argentinos
· Estación Terminal
· Libertad Sindical
· Licitación H. Provincial
· Licitación transporte
· O.S.S.E.
· Pesca
· Predio de Residuos
· Presupuesto 2001
· Presupuesto 2002
· Presupuesto 2006
· Presupuesto 2007
· Problemática de la Mujer
· Salud Mental
· Salud Pública
· Problemática y Posible actualización
del Código de Ordenamiento Territorial |