Prensa Contacto
29 de Mayo, 13Hs. Declaración de Interés de la labor que desarrolla la Prof. Alejandra López con distintos grupos de estudiantes. Lugar: Recinto de Sesiones del H.C.D.
Conformación
Nómina de Personal
Actividad Legislativa
Compras
Historia
Biblioteca
Galería de Fotos
Links de Interés
Medios Locales
Control Ciudadano
 
 
CONTROL CIUDADANO DE BUENAS PRACTICAS LEGISLATIVAS
 
 

Este nuevo link, incorporado a iniciativa del Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, Ariel Ciano, tiene como fin, que todos aquellos que accedan a la página o soliciten una copia por Secretaría, puedan tener cabal conocimiento de las reglas que rigen el funcionamiento del Concejo en sus aspectos esenciales. Fundamentalmente lo que se pretende es que con un lenguaje sencillo, los vecinos puedan comprender la dinámica del órgano democrático del Partido de General Pueyrredón en el que se debaten y deciden los temas que rigen la vida de marplatenses y batanenses.
Se agradece la difusión del mismo y toda sugerencia tendiente a mejorar este resumen explicativo que sin dudas, favorecerá el control ciudadano de las prácticas legislativas.

1) Ingreso de Asuntos:
Cualquier ciudadano que tenga una inquietud de carácter general y de competencia del Concejo Deliberante puede ingresar por Mesa de entradas del mismo, una propuesta.
Esta presentación será enviada a las comisiones que correspondan para su tratamiento por la Presidencia, lo que se denomina ”giros”.

2) Comisiones:
El Concejo Deliberante desarrolla múltiples tareas en distintos ámbitos, uno de ellos son las Comisiones Internas que se encuentran detalladas en esta página. Allí se tratarán los temas que ingresaron por Mesa de Entradas, ya sean presentaciones de particulares o proyectos del Departamento Ejecutivo, de algún organismo oficial, de un bloque político o de uno o varios concejales.
Su integración, refleja la composición política del cuerpo y poseen un Presidente y un Vice quienes son los encargados de coordinar la labor que se desarrolla en la misma.
El orden del día, es el temario que se tratará el día de la reunión de la comisión y debe ponerse a disposición con 24 hs. de anticipación; como práctica habitual se sube a esta página para que todos los ciudadanos puedan visualizarla. Sin perjuicio de ello, la comisión podrá tratar también todo otro asunto que no esté incluido en el orden del día y que sea de importancia.

Quorum en las comisiones:
Hay comisiones de 7 miembros y otras de 9
Se necesita para que sesionen, la presencia de la mayoría de sus integrantes. Por ej: En comisión de nueve integrantes, debe haber 5 de ellos.

Votación:
Existen tres posibilidades luego de debatido el asunto en la comisión por los concejales:
a) Que quede en comisión: significa que se seguirá evaluando y estudiando. En este caso generalmente se piden informes a autoridades competentes sobre el asunto. También queda en comisión en caso de empate en los votos
b) Que se apruebe: Se necesita mayoría simple de los miembros de la comisión por ej; 3 votos afirmativos, dos negativos y dos abstenciones (esto en el caso que los integrantes sean 7) ya que las abstenciones no cuentan como voto negativo ni positivo. En este caso queda aprobado y pasa –si es que fue girado a otra comisión- a la siguiente comisión
c) Que se archive: Se necesita mayoría simple de los miembros de la comisión.

Despacho o Dictamen:
Se denomina así, a aquellos asuntos que ya han pasado por todas las comisiones a las cuales fue enviado por la Presidencia del Concejo y que podrán ser tratados en la próxima sesión del Concejo que se realice, siempre que transcurran dos días hábiles administrativos desde su aprobación en la última comisión y la sesión (sin contar el día del despacho y el día de la sesión)

3) Sesión:
Existen distintos tipos de sesión
Preparatoria: En la fecha fijada por la Junta Electoral, tienen como objeto que los concejales que no terminan su mandato evalúen los diplomas de los concejales que ingresan al Concejo con motivo de las elecciones. También hay sesión preparatoria el primer día hábil del mes de abril de cada año.
En ella se eligen las autoridades de la mesa directiva del Concejo (Presidente, Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo y Secretario); se integran las comisiones internas y se determinan los días y el horario que se reunirá el Concejo.
Ordinaria: Dentro del período ordinario y en los días y horarios establecidos en la Sesión Preparatoria. El período ordinario comienza el primero de abril y culmina el 30 de noviembre de cada año.
Ordinaria de prórroga: El Concejo puede decidir por simple mayoría que haya sesiones ordinarias desde el 30 de noviembre al 31 de diciembre, y se denominan de prórroga
Extraordinaria: Fuera del período ordinario o en distinto día u horario establecido en la Sesión Preparatoria. Puede pedirlo por escrito el Intendente o un mínimo de 1/3 de los miembros del Concejo con el orden del día a tratar y con una anticipación mínima de 24 hs. de la hora de la sesión. No podrán tratarse otros temas que los que conforman la convocatoria y tiene que declararse de interés público.
Especiales: Lo decide el Concejo durante el período ordinario y de prórroga.

Orden del día de la sesión:
Debe ser puesto a disposición con 24 hs. antes de realizarse la Sesión y se compone de las siguientes partes:
i) Comunicados de la Presidencia del Concejo: el Presidente da cuenta en este apartado de las actas de sesiones pasadas; de los decretos dictados en uso de sus facultades; de sus Proyectos y de sus Comunicados.
ii) Asuntos Entrados: Figurarán aquellos ingresados hasta 36 hs. antes de la sesión, con sus respectivos giros de comisiones.
iii) Preferencias acordadas: Son aquellos asuntos que el Concejo en sesión ha aprobado tratarlo preferentemente a otro asunto, tenga o no despacho con el voto de la mayoría absoluta de los concejales presente. Para su aprobación se requiere mayoría absoluta de los votos de los concejales presentes en el caso de que tenga despacho de las comisiones, sino lo tiene, se requiere el voto favorable de 2/3 de los concejales presentes.
iv) Dictámenes de comisión: aquellos asuntos que hayan sido aprobados o archivados, con dos días hábiles administrativos previos.

Incorporación de un asunto no incluido en el orden del día:
Se requiere el voto de un tercio de los concejales presentes.
Quórum: Los concejales antes de entrar a la sesión, firman un libro de asistencias. Se requiere la mayoría de los miembros del Concejo, es decir 13. En caso de no conformase en quórum, se aguarda media hora y si no se llega al número indicado, se declara levantada la sesión, salvo que:
Haya un pedido de no menos de 1/3 de los miembros del Concejo, es decir 8 concejales para: realizar manifestaciones en minoría; disponer una nueva espera de media hora.
Desarrollo de la sesión:
1) Cuando haya quórum, el Presidente del Concejo dará inicio a la sesión, informando la cantidad de concejales presentes.
2) La sesión no tiene un plazo determinado de duración, será levantada cuando: lo resuelva el Concejo luego de votado el pedido por 2/3 de los presentes; por resolución del Presidente; cuando no hubiere más temas para tratar; cuando no haya quórum; cuando una cuestión de orden deba levantarse conforme lo determine el Presidente o por haber pasado a cuarto intermedio y no se haya reanudado el mismo día y no se haya determinado día y horario de reanudación o se haya derivado dicha facultad a la Comisión de Labor Deliberativa.
Los asuntos que hayan sido sancionados por el Concejo, se enviarán al Intendente dentro de las 48 hs. a efectos de que las vete o las promulgue en el plazo de diez días hábiles, si transcurrido ese plazo no fueren vetadas ni promulgadas por decreto, se darán por promulgadas tácitamente.

4) Las Mociones, votos necesarios:
Las mociones son propuestas que pueden realizar los concejales, y son de distinto tipo.

i) Mayoría de los votos emitidos:
Esta es la regla salvo que una norma indique lo contrario.
Para sancionar un asunto que tenga despacho
Para cerrar la reunión del Concejo que se haya constituido como comisión

ii) 1/3 de los concejales presentes
Que se acepte la moción de sobre tablas: es aquella que tiene por objeto que se trate un asunto inmediatamente, tenga o no despacho

ii) Mayoría absoluta de los concejales presentes
Que se pase a cuarto intermedio
Que se declare libre el debate
Que se pase al orden del día
Que se aplace la consideración del asunto pendiente, pero sin sustituirlo por otra propuesta
Que el asunto vaya a comisión
Que el Concejo se constituya en comisión: implica que el Concejo debata sobre el tema y sus conclusiones serán consideradas como de la comisión que habría tratado el asunto
Que el Concejo se constituya en sesión permanente
Que un asunto tenga moción de preferencia.
Que el asunto con moción de preferencia con despacho sea aprobado.

iii) 2/3 de los concejales presentes
Que se levante la sesión
Que se cierre el debate: pudiendo hablar los oradores que se hayan inscripto hasta el momento de formulada la moción.
Que el asunto con moción de preferencia sin despacho sea aprobado
Que un asunto que se está tratando sobre tablas, sea aprobado
Que un asunto sea reconsiderado: La reconsideración tiene como objeto rever una sanción del Concejo ya sea en general o en particular, es decir un asunto que ya ha sido aprobado y el momento límite para hacerlo es hasta que sea promulgado.
Que un asunto reconsiderado sea aprobado.

iiii) Mayoría del total de los miembros del Concejo
Que se dé carácter secreto a la sesión


4) Votaciones:
Son de dos tipos: 1) Nominal (de viva voz) cada vez que un concejal lo solicite o lo determine la ley y 2) por signos.
Abstención de votar; el concejal debe pedir permiso y puede hacerlo cuando haya colisión de intereses
Antes de poner a votación un asunto, el Presidente debe convocar a los concejales que se encuentren en antesalas.

5) Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes:
Todo aumento o creación de impuestos; contribución por mejoras, o préstamo sobre el crédito general de la Municipalidad necesita ser sancionado por esta Asamblea.
La Asamblea se compone con la totalidad de los concejales y un número igual de mayores contribuyentes de impuestos municipales.
La vigencia de la lista de mayores contribuyentes es hasta el 30 de abril de cada año.
El Presidente es quien cita a Asamblea dentro de los quince días de sancionada la ordenanza preparatoria o de recibida la documentación necesaria del Tribunal de Cuentas (en el caso de préstamos) y con un mínimo de ocho días de la fecha fijada, los integrantes de la Asamblea deben estar citados.
Quórum: mitad más uno de los concejales más mitad más uno de los mayores contribuyentes, es decir 13 concejales y 13 mayores contribuyentes.
Si no concurren a la primera citación, se cita nuevamente y el quórum en este caso tiene que ser mayoría absoluta entre concejales y mayores contribuyentes, es decir 25 integrantes.
El voto en la Asamblea es nominal salvo el caso de unanimidad.
Sanción: se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de la Asamblea.