Información de Expediente

2019 - E - 1321
Fecha de Entrada: 13/03/2019
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 01/03/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE la instalación de semáforos con cuenta regresiva numérica sonora, indicando de esta manera a las personas con discapacidad visual el tiempo disponible para el cruce de la calle.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 19/03/2019 28/02/2021 Art. 31° del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 28/02/2021 28/02/2021 Art. 31° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,  8 de marzo de 2019.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S                          /                   D



De mi mayor consideración:



                      Por intermedio de la presente el bloque de concejales de Unidad Ciudadana se dirige a usted, a fin de elevar el siguiente proyecto de comunicación, para ser considerado por el Honorable Cuerpo Deliberativo.




P R O Y E C T O

D E

COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo instale semáforos con cuenta regresiva numérica sonora, indicando de esta manera a las personas con discapacidad visual el tiempo disponible para el cruce de la calle.


Asimismo reemplace progresivamente los semáforos sonoros existentes por los propuestos.-


Articulo 2.- Se recomienda que dichos semáforos se instalen, a modo de prueba piloto, en la intersección de las avenidas Luro e Independencia y de las calles Córdoba y San Lorenzo y en caso de ser exitosas estas experiencias se extienda su instalación a todo el ámbito del Partido.-


Articulo 3.- El DE deberá remitir al Honorable Consejo Deliberante los resultados de la prueba piloto indicada en el articulo 2.-


Articulo 4.- De forma.-






F U N D A M E N T O S


      El artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho a la libre circulación, por lo cual esta debe estar contemplada para todos los ciudadanos, sin encontrar limitaciones para poder desenvolverse de manera autónoma e independiente en nuestra ciudad.



      En el caso de las personas que tienen una condición de discapacidad visual (ciegos y disminuidos visuales) esto se torna difícil ya que se encuentran, en su recorrido por la ciudad, con una innumerable cantidad de obstáculos, uno de ellos es cruzar las calles y avenidas con seguridad.



      Actualmente contamos –en ciertos sectores de la ciudad- con semáforos sonoros, los cuales, si bien indican en que momento el mismo se encuentra en verde, habilitando al peatón para cruzar, no le indican en forma numérica el tiempo que le queda para hacerlo, lo que resta precisión a la información relacionada con el cruce.



      Basándonos en esa problemática puntual proponemos que los semáforos dispongan de una cuenta regresiva sonora numérica, donde se indique, mediante voz, los segundos que restan antes que el semáforo cambie nuevamente a favor de los automovilistas, pudiendo discernir de esta manera, si es el tiempo es suficiente para continuar la marcha o será más prudente aguardar al próximo verde.



      De esta manera las personas con discapacidad visual estarán más integradas al desenvolvimiento diario de la ciudad, pudiendo manejarse dentro de la misma con autonomía e independencia, cumpliendo también la función de reivindicación simbólica de las personas con discapacidad, transmitiendo un mensaje desde el Estado Municipal de que se están pensando alternativas para facilitar el ejercicio pleno de sus derechos.



      Se recomienda que la prueba piloto se realice en las intersecciones referenciadas en el Artículo 2, ya que la Avenida Luro y Avenida Independencia marcan una zona céntrica, con una gran cantidad de personas y vehículos que circulan diariamente por las mismas, volviendo a las personas vulnerables a cualquier accidente. La segunda intersección mencionada, entre las calles Córdoba y San Lorenzo se trata del lugar donde se encuentra emplazada la escuela para personas disminuidas visuales Nº 504, por lo que es una zona de transito habitual por la mayoría de los ciudadanos para los cuales apunta esta iniciativa



      Las ubicaciones antedichas son simplemente sugerencias, que tiene por objeto mesurar el funcionamiento real de la medida y su impacto positivo o negativo sobre la seguridad vial, por lo que podrán ser modificadas a disposición  del organismo competente.-


Sin más, esperando el acompañamiento del Honorable Cuerpo, lo saludamos atentamente.-

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Mar del Plata



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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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