Información de Expediente

2019 - E - 1046
Fecha de Entrada: 14/01/2019
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 08/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Prorrogando la vigencia de la O-21939, por el término de 5 años a partir del 1º de enero del cte., mediante la cual se autoriza la instalación de una Feria de Agricultura Agroecológica Urbana en la Plaza Rocha, sita en la calle San Martín e/ 14 de Julio y Dorrego.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18488 13/06/2019 24191 04/07/2019
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP 35-19 31/01/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 15/01/2019 31/01/2019 decreto de la presidencia
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 31/01/2019 31/01/2019 decreto de la presidemcia
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 31/01/2019 31/01/2019 decreto de la presidencia
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 04/02/2019 03/05/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/05/2019 20/05/2019 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 20/05/2019 04/06/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 10 de enero de 2019

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S                          /                   D



De mi mayor consideración:



                          Por la presente el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana eleva para su consideración por parte del Honorable Concejo Deliberante el siguiente proyecto de Ordenanza.


ORDENANZA


      Artículo 1°: Prorrógase la vigencia de la Ordenanza nº 21.939 por el término de cinco (5) años, a partir del 1º de enero de 2019, mediante la cual se autoriza la instalación de una  Feria de Agricultura Agroecológica Urbana en la Plaza Rocha, ubicada en las calles San Martín entre 14 de Julio y Dorrego.



      Artículo 2°: De Forma.-































F U N D A M E N T O S


      La ordenanza 21.939 Autoriza el uso y ocupación para la instalación de Ferias de Agricultura Agroecológica Urbana en la Plaza Rocha pudiendo ampliarse a más ferias de acuerdo a requerimiento y autorización a designar por el Departamento Ejecutivo. Tal ordenamiento legal tuvo efecto expreso hasta el 31 de diciembre de 2018 lo que deja, al día de la fecha, a los feriantes en un estado de precariedad que se debe hacer cesar para volver a darle protección y certeza jurídicas al feriante.-



      Vale decir que el referido espacio se ha establecido, con el paso de los años, en un lugar de referencia para la cuidad y de interés turístico para el visitante, añadiendo a la identidad del barrio y al producido cultural de la ciudad toda.


      No es de soslayar la importancia económica que la referida feria tiene para los vecinos, ya que la propia zona se convierte en epicentro de actividad comercial y productiva, siendo de aprovechamiento directo para los involucrados e indirecto para la zona de influencia, que se ve beneficiada del incremento de movimiento en el referido espacio.



      A su vez salta a la vista como la feria resulta un lugar de emprendimientos productivos y comerciales familiares, generando empleo para una número no menor de marplatenses, que ven en este tipo de actividad su modo de vida.-



      Todos estos elementos generan una red de interconexiones e interacciones que tiene por resultado un espacio complejo en donde se conjugan el empleo, la actividad económica, la potenciación de la zona, la generación de elementos culturales, la cohesión vecinal, el atractivo turístico entre muchas otras ventajas indudables.-



      De tal manera que lo que proponemos es que se conserve el statu quo que tan bien ha resultado a los fines ya reseñados, extendiendo los efectos de la ordenanza de marras por el término de cinco años más, un marco temporal similar al previsto por la referida pieza legal en su redacción original y aquel que surge como el deseado por los feriantes involucrados, dado que da la certidumbre necesaria para organizar los emprendimientos económicos de forma eficiente.-


      En coyunturas como las actuales, en donde el desempleo se vuelve una amenaza manifiesta con sus efectos negativos y potencialmente desintegradores de lazos sociales, el Estado Municipal debe usar todas las herramientas necesarias para empoderar a quienes realizan actividades económicas, máxime cuando estas son puramente locales y generan una pluralidad de valores agregados como los que han sido mencionados en la presente y que representan el día a día de cada uno de los involucrados.-

      Sin más lo saludamos atentamente, esperando el acompañamiento del Honorable Cuerpo Deliberativo.-

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Mar del Plata



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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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