Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: 18815/3/84

Expediente H.C.D.: 1510/84

Nº de registro: O-171

Fecha de sanción: 04/10/1984

Fecha de promulgación: 11/10/1984



ORDENANZA Nº 6075



Artículo 1º- Las empresas de transporte público colectivo de pasajeros, urbano, urbano mixto y suburbano, que operen con regularidad en el ejido del Partido de General Pueyrredon reservarán en cada una de sus unidades, los dos primeros asientos .para uso exclusivo de personas discapacitadas, debiendo exhibir en lugar visible la siguiente inscripción: ''ASIENTOS RESERVADOS PARA DISCAPACITADOS" y el número de la presente Ordenanza.


Artículo 2º- E1 Departamento Ejecutivo reglamentará la presente.


Artículo 3°- Comuníquese, etc.


Fernández Reyes

B.M.1238, p.9 (26/10/1984)