Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Expediente D.E.: 18815/3/84
Expediente H.C.D.: 1510/84
Nº de registro: O-171
Fecha de sanción: 04/10/1984
Fecha de promulgación: 11/10/1984
ORDENANZA Nº 6075
Artículo 1º- Las empresas de transporte público colectivo de pasajeros, urbano, urbano mixto y suburbano, que operen con regularidad en el ejido del Partido de General Pueyrredon reservarán en cada una de sus unidades, los dos primeros asientos .para uso exclusivo de personas discapacitadas, debiendo exhibir en lugar visible la siguiente inscripción: ''ASIENTOS RESERVADOS PARA DISCAPACITADOS" y el número de la presente Ordenanza.
Artículo 2º- E1 Departamento Ejecutivo reglamentará la presente.
Artículo 3°- Comuníquese, etc.
B.M.1238, p.9 (26/10/1984)