Expediente D.E.: 14173-5-10

Expediente H.C.D.: 2180-P-10

Nº de registro: O-14286

Fecha de sanción: 15-10-10

Fecha de promulgación: 28-10-10

Decreto de promulgación: 2292



ORDENANZA Nº 19994



Artículo 1º.- Créase el Programa de Urbanización, Regularización Dominial, Mejoramiento Habitacional y Desarrollo Social del asentamiento denominado “Villa Evita” ubicado entre las calles San Salvador, Magnasco, Soler y Udine, manzanas identificadas catastralmente como: Circunscripción VI, Sección H, Chacra 31, Fracción I, Parcelas 5, 12, 13A, 3, 4, 14B, 2; Circunscripción VI, Sección H, Chacra 31, Fracción II, Parcelas 4, 18, 5 y 17; Circunscripción VI, Sección H, Chacra 30, Fracción I, Parcelas 20, 23, 24, 25, 26 y 27; Circunscripción VI, Sección H, Chacra 30, Fracción II, Parcelas 9 y 10; Circunscripción VI, Sección H, Chacra 42, Parcelas 11, 12, 13, 14, 15, 19, 21 y 16A; Circunscripción VI, Sección J, Fracción V, traza de la vía y manzana 135 del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo adoptará los mecanismos administrativos conducentes a realizar el plan integral de relevamiento, diagnóstico y empadronamiento de la ocupación actual del asentamiento.


Artículo 3º.- Con el objeto de ejecutar las tareas del artículo anterior autorízase en forma indistinta a la Secretaría de Planeamiento Urbano por intermedio del Departamento de Promoción Social y a la Secretaría de Desarrollo Social, a confeccionar a la brevedad el registro pormenorizado y definitivo de los actuales poseedores y núcleo familiar de cada uno, que será base para la posterior regularización dominial. 


Artículo 4º.- Incorpórase al Plan Integral creado por la presente los trabajos aportados por el grupo de trabajo Audax, que obran a fs. 45 a 64 del Expte. nº 2180-P-2010 del H.C.D, como así toda la información oficial que a la fecha cuenta el Banco Municipal de Tierras y la Subsecretaría de Tierras de la Provincia de Buenos Aires respecto de dicho asentamiento.


Artículo 5º.- Declárase de interés social la regularización dominial que involucra el presente Programa de Urbanización, Regularización Dominial, Mejoramiento Habitacional y de Desarrollo Social del Asentamiento denominado “Villa Evita”, conforme lo requerido por el artículo 4º inciso d) de la Ley 10830, a fin de efectuar la escrituración de cada una de las parcelas por la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.


Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-


Dicándilo Artime

Gauna Castorina Pulti