Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: 16357-4-06

Expediente H.C.D.: 1060-D-07

Nº de registro: O-12254

Fecha de sanción: 22-03-07

Fecha de promulgación: 27-03-07

Decreto de promulgación: 680



ORDENANZA Nº 17973



Artículo 1º .- Créanse en el ámbito del Partido de General Pueyrredon los Centros de Protección de Derechos de la Niñez, los que dependerán de la Secretaría de Desarrollo Social –Dirección de Niñez y Juventud- Departamento de Protección de Derechos de la Niñez.


Artículo 2º .- Serán funciones de los Centros de Protección:


Artículo 3º .- Los Centros de Protección de Derechos de la Niñez intervendrán a partir de tres instancias:


Artículo 4º .- Los Centros de Protección de Derechos de la Niñez estarán conformados por equipos integrados por un psicólogo, un asistente social y un abogado.


Artículo 5º .- La Dirección de la Niñez y Juventud tendrá la responsabilidad de seleccionar a los profesionales para cada Centro, como así también el equipo coordinador – supervisor de la tarea cotidiana de los equipos interdisciplinarios.


Artículo 6º .- El lugar y horario de atención será dispuesto por las autoridades del área de la cual dependen los Centros de Protección, garantizando que el servicio cubra todo el Partido.


Artículo 7º .- Deróguese la Ordenanza nº 11.461 y el Decreto Reglamentario nº 3510/01.


Artículo 8º .- Comuníquese, etc..-


Targhini Irigoin

García Katz