Fecha: 04/07/1995
Expediente: 8487/3/95
DECRETO Nº 941
Artículo 1º- Créase el REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES DE ATENCION AL DISCAPACITADO en el Partido de General Pueyrredon, dentro del ámbito de la Subsecretaría del Menor, la Familia y la Tercera Edad, con el fin de lograr un mejor aprovechamiento de los recursos comunitarios con relación a la problemática de la discapacidad.
Artículo 2º- Establécese como requisito para la inscripción en el Registro creado por el artículo anterior, que la entidad este reconocida por la Municipalidad como de Bien Público.
Artículo 3º- El Departamento Atención al Discapacitado, será el organismo municipal encargado de la puesta en marcha y permanente actualización y control del Registro y mantendrá informada a la Subsecretaría del Menor, la Familia y la Tercera Edad de los antecedentes y actividades que desarrolla, en particular, cada entidad.
Artículo 4º- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Salud Pública y Asistencia Social.
Artículo 5º- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese y comuníquese a través de la Subsecretaría del Menor, La Familia y la Tercera Edad, con la intervención del Departamento de Atención al Discapacitado.
B.M. 1465, p.9 (24/11/1995)