Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Ejecutivo


Expediente D.E.: 2576/8/2008 Cpo. 1

Fecha: 05/01/2009



DECRETO Nº 40



VISTO la necesidad de contar con un procedimiento que establezca criterios de aprobación de proyectos de radicación en el Parque Industrial General Savio, y


CONSIDERANDO

Que el artículo 5º de la ordenanza Nº 16.694 fija requisitos genéricos para la selección de proyectos, sin establecer una valoración objetiva que permita dar un orden de merito a los mismos.

Que para contribuir con las finalidades del Parque Industrial, resulta conveniente reglamentar los procedimientos de asignación de lotes, en función de los proyectos que resulten beneficiarios de los mismos.


Que la creación de un sistema que ordene el procedimiento de selección de proyectos otorgará mayor transparencia al proceso de adjudicación de predios.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,


EL INTENDENTE MUNICIPAL


DECRETA


ARTÍCULO 1º.- Regúlese el procedimiento de evaluación y selección de proyectos de radicación industrial dentro del Parque Industrial General Savio.

Encomiéndese la aplicación del presente procedimiento a la Secretaría de Desarrollo Productivo, de Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales o al organismo administrativo Municipal que en el futuro pudiera reemplazarla.

El procedimiento enunciado en el artículo primero tiene como objetivo establecer una metodología en el proceso de recepción, clasificación de proyectos de inversión y de adjudicación de terrenos en el parque industrial.


ARTÍCULO 2º. Podrán acceder a la evaluación de solicitudes de radicación mencionadas en el artículo primero, las personas físicas o jurídicas titulares de empresas que prevean realizar proyectos de inversión destinados a actividades industriales en el Parque Industrial General Savio.


ARTÍCULO 3° Los peticionarios deberán acreditar fehacientemente los siguientes requisitos:

a) Nota de solicitud de radicación en el Parque Industrial.

b) Copia certificada del instrumento de constitución social debidamente inscripto. Las sociedades en formación deberán acompañar constancia fehaciente de su trámite de inscripción.

c) Copia certificada del acta de la asamblea de la sociedad en la cual conste la elección de autoridades con mandato vigente al tiempo de presentación.-

d) Copia certificada de actas declarativas de la representación que ejercen quienes peticionan en nombre de la empresa.-

e) Copia del último Balance autenticado por el Consejo Profesional.

f) Documentación respaldatoria que acredite capacidad financiera para la ejecución del proyecto (Certificaciones bancarias, declaraciones de ganancias, bienes personales, etc.)

g) Antecedentes y referencias comerciales de la empresa o, en caso de no poseer, la de sus integrantes.

h) Información técnica, económica y financiera que demuestra la viabilidad del proyecto.

i) Plano de anteproyecto de planta industrial.


ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Productivo, de Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales o la dependencia que en el futuro la reemplace, evaluará los proyectos que las empresas presenten, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, teniendo en cuenta la posibilidad de:

  1. Aumentar el volumen de empleo local regional y nacional duradero y calificado.

  2. Incrementar en mayor proporción la inversión y el producto bruto regional.

  3. Contribuir a la integración regional. Utilizar insumos o servicios generados por otros sectores productivos de la zona.

  4. Incorporar tecnologías innovadoras o consideradas estratégicas por su impacto en el medio económico regional.

  5. Generar una mejora en el balance comercial externo, sea por medio del incremento de las exportaciones o sustitución de importaciones.

  6. Producir el menor impacto ambiental conformes a los términos previstos en la Ley Provincial Nº 11.459.

  7. Compromiso con la certificación en la gestión de calidad.


ARTÍCULO 5º.- La Secretaría de Desarrollo Productivo, de Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales procederá a analizar las solicitudes de radicación, donde los evaluará tomando en consideración:

  1. La factibilidad económica y financiera del proyecto

  2. El comportamiento empresario: valorando el desempeño en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de las normativas de índole laboral.

Posteriormente, si el proyecto fuera elegible, se estimará un valor INDEP (Índice de Evaluación de proyectos), que se calculará sobre la base de la sumatoria del Anexo I, que contempla los criterios mencionados en el artículo cuarto.

En base del resultado obtenido, se establecerá un ordenamiento de los proyectos de inversión según el INDEP resultante, rechazándose los que no alcanzaren el mínimo de sesenta (60) puntos.


ARTÍCULO 6º.- En caso de existir dos o más solicitudes por un mismo predio se seleccionará el proyecto que haya obtenido mayor INDEP.


ARTÍCULO 7º.- El presente será refrendado por el Secretario de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales.


ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese, etc.


Tettamanti Pulti

Secretario de Desarrollo Productivo, Intendente Municipal

Asuntos Agrarios y Marítimos y

Relaciones Económicas Internacionales

Anexo I



I.N.D.E.P = Índice de valuación de proyectos = a + b + c + d + e + f + g



  1. Aumentar el volumen de empleo local regional y nacional duradero y calificado.


a = (Generación de empleo/metros cuadrados predio)x 100 X 35 puntos

Factor Empleo

Factor empleo para nuevas radicaciones = 0.4

Factor empleo para ampliaciones = 0.2


  1. Incrementar en mayor proporción la inversión y el producto bruto regional.


b = Monto Inversión/metros cuadrados predio X 25 puntos

Factor Inversión

Factor Inversión para nuevas radicaciones = 500 (*)

Factor Inversión para ampliaciones = 250 (*)


  1. Utilizar insumos o servicios generados por otros sectores productivos de la región.

c = Costos de insumos, partes, piezas y servicios de la región X 15 puntos

Costos totales de insumos, partes, piezas y servicios

En estos costos no se incluye sueldos, alquileres y gastos financieros

  1. Incorpora tecnologías innovadoras o consideradas estratégicas por su impacto en el medio económico regional?

Si = 5 puntos No = 0 puntos


  1. Genera una mejora en el balance comercial externo, sea por medio del incremento de las exportaciones o sustitución de importaciones?

Si = 10 puntos No = 0 puntos


  1. Produce un menor impacto ambiental, conforme a los términos previstos en la Ley Provincial Nº 11.459?

Si = 5 puntos No = 0 puntos


  1. Tiene previsto un programa de gestión de calidad?

Si = 5 puntos No = 0 puntos



Decreto Nº 40/2009 3