DECRETO 127


Mar del Plata, 21/01/14



Visto la Ordenanza n° 20308, promulgada por Decreto 941/11 por la cual se crea en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la Mesa de Trabajo sobre Diversidad de Género y,



CONSIDERANDO:



Que en esta instancia y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° de la mencionada Ordenanza -modificado mediante Ordenanza n° 20576-, es necesario nombrar a las personas que conformarán dicha Mesa de Trabajo en representación del Departamento Ejecutivo.

Que por Decreto n° 1655/11 fueron designados representantes de diferentes áreas, muchos de los cuales a la fecha no detentan tales cargos debido al reciente cambio de autoridades; por lo que se hace necesario dejar sin efecto tal acto administrativo y designar nuevos representantes.

Que cabe tener en cuenta que mediante Decreto n° 442/12 se eliminó la Dirección General de Promoción de la Igualdad y Prevención de la Discriminación, trasladándose su personal, muebles y útiles a la Dirección General Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos y que por Ordenanza nº 21348 se modificó la denominación de la Secretaría de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales por Secretaría de Desarrollo Productivo. Tales cambios orgánico-funcionales deben tener un correlato en la designación de representantes de dichas dependencias.



Que en razón del principio de sencillez, rapidez y eficacia del procedimiento, este Departamento Ejecutivo entiende conveniente para simplificar procedimientos y economía administrativa ante eventuales cambios de autoridades, indicar sólo los cargos de los y las representantes designados y no sus nombres.

Que, asimismo, a los efectos de lograr un funcionamiento más orgánico de la Mesa y a requerimiento de sus integrantes, se estima oportuno reglamentar sus actividades.



Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA


ARTICULO 1º.- Desígnase a los y las representantes que integrarán la Mesa de Trabajo sobre Diversidad de Género por el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ordenanza n° 20308 (modificada por Ordenanza n° 20576):



ARTICULO 2º.- Déjase sin efecto el Decreto n°1655/11.-


ARTICULO 3º.- Apruébase como Anexo I del presente, el Reglamento Interno de funcionamiento de la Mesa de Trabajo sobre Diversidad de Género.


ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.


ARTICULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, por la Dirección de Administración efectúense las comunicaciones pertinentes y remítase copia del presente al Honorable Concejo Deliberante.

REGISTRADO BAJO Nº 127

ANEXO I


REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE TRABAJO DE DIVERSIDAD DE GENERO